martes, 10 de agosto de 2010

PROYECTO COLABORATIVO EN GESTION DE RIESGOS


PROYECTO COLABORATIVO EN GESTIÓN DE RIESGOS
Nivel Secundaria de Menores
La I.E.Nº 109 "Inca Manco Capac“, ha desarrolla y ejecutado con la coparticipación de la comunidad educativa el proyecto colaborativo en gestión de riesgos: SIMULACRO DE SISMOS, con la dirección desde la Planificación - Ejecución y Evaluación; del comité de Defensa Civil de la I.E.
Integrada por los Profesores Enma Agüero; Emma Valdéz; Sulma Quispe y Alberto Guzmán, de las áreas de CTA y Formación Ciudadana y Cívica; con el tema Prevención en Desastres Naturales (Sismos), para lo cual los alumnos han utilizado diferentes estrategias, como el debate, la asamblea de clase, proyección de vídeos,etc. Se publicará los trabajos de los alumnos, asesorados por sus profesores en este blogs.


lunes, 9 de agosto de 2010

Reglamento Aula Innovación

SINTESIS DE REGLAMENTO INTERNO DEL AULA DE INNOVACION PEDAGOGICA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Nº 109 INCA MANCO CAPAC




DEL AULA DE INNOVACION



Artículo 1.- El aula de innovación pedagógica (AP) es un ambiente pedagógicamente adecuado en la institución educativa para el desarrollo de aprendizaje de los alumnos donde se integran en las actividades pedagógicas programadas. La misma que cuenta con los materiales y/o equipos de cómputo destinados para tal fin.

* Texto concordante: Directiva Nº25-2009-D.UGEL 05 AGP/EEBE-DIGETE-SJL-EA

Articulo 2.- El aula de innovación pedagógica brindara atención a los docentes y alumnos durante el horario de clases correspondientes a los diferentes niveles y modalidades; dicho horario de atención estará condicionado al horario de trabajo del profesor responsable del aula de innovación; el mismo que no tendrá carga horaria.

* Texto Concordante: Directiva Nº25-2009-D.UGEL 05 AGP/EEBE-DIGETE-SJL-EA

OBJETIVO DE LAS TIC

Artículo 5.- Las contribución de las TIC en la calidad educativa se dan en dos aspectos: refuerzan las capacidades del área a través de materiales educativos específicos y apoyan el desarrollo de las capacidades en su calidad de recurso transversal.

DEL LOS EQUIPOS Y MATERIALES

Artículo 7.- Los materiales proporcionados para el aula de innovación pedagógica deben estar al servicio de docentes y estudiantes dentro del AIP, estos deben estar debidamente codificados, registrados en el inventario del AIP y de la I.E. como bienes de la institución educativa.

Concordante: Directiva Nº 25-2009-D.UGEL 05-AGP/EEBR-DIGETE-SJL-EA

DE LOS FILTROS EN LOS EQUIPOS

Articulo 8.- En el aula de innovación se deben respetar las normas éticas, morales, de buenas costumbres, (Ley 28119 que prohíbe el acceso de menores a páginas Web que tengan contenido pornográfico. “Los propietarios o aquellas personas que tienen a su cargo la administración de establecimientos de cabinas publicas que brindan servicios de acceso a Internet, están obligados a que los menores de edad que concurran a sus establecimientos no tengan acceso a páginas web de contenido y/o información pornográfica que atenten contra su integridad moral o afecten su intimidad personal y familiar, bajo responsabilidad.”)

EI cumplimiento de esta obligación se hará efectivo mediante la instalación de navegadores gratuitos, la adquisición de software especial de filtro y bloqueo a través de cualquier otro medio que tenga como efecto impedir la visualización de las citadas páginas. Asimismo, deberán colocar en lugar visible la advertencia correspondiente.

Concordante: Directiva Nº 90-2007/DIGETE Ley 28119

DE LA PÁGINA DE INICIO

Articulo 9.- La página de inicio en todos los navegadores utilizados en el aula de innovación debe ser el Portal Educativo, http://www.huascaran.edu.pe

Concordante: Directiva Nº 90-2007/DIGETE

Articulo 10.- Las aulas de innovación deben contar con software educativo desarrollado y distribuido por el MED. Dicho software debe estar instalado con accesos directos fácilmente ubicables y disponible para su uso.

Concordante: Directiva Nº 90-2007/DIGETE

FUNCIONES DEL PROFESOR RESPONSABLE DEL AULA DE INNOVACION

Articulo 15.- Las funciones del docente responsable del aula de innovación son:

a) Difundir, promover y aplicar los planteamientos pedagógicos de la Dirección General de Tecnologías Educativas en su institución educativa.

b) Organizar y planificar las actividades educativas del aula de innovación, promover la implementación de bibliotecas digitales y virtuales para la IE, el desarrollo de materiales educativos por docentes y estudiantes y el trabajo colaborativo en la Institución Educativa y con sus pares de otras Instituciones Educativas.

c) Promover la participación de docentes y estudiantes en las comunidades virtuales del Portal Educativo del Perú.

d) Incentivar el uso del aula de innovación por los docentes de todos los niveles y modalidades. El aprovechamiento pedagógico de las TIC es transversal a todas las Áreas curriculares.

e) Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos, equipamiento e infraestructura del aula de innovación.

f) Coordinar con los/las docentes bibliotecarios la elaboración del catálogo de recursos educativos de la Institución, utilizando TIC.

g) Mantener actualizado el registro de asistencia al aula de innovación.

h) Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del aula de innovación (plan anual de trabajo, reglamento, catálogo de recursos, horarios, registro de asistencia, entre otros).

i) Asegurar que el software instalado cuente con la licencia respectiva.

j) Asesorar a los docentes en el desarrollo de actividades educativas con TIC.

k) Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento pedagógico de las TIC.

l) Disposición de colaborar con los docentes y alumnos del centro educativo y la DIGETE.

ll) Desarrollar experiencias innovadoras en su trabajo educativo.

Concordante: Directiva Nº 90-2007/DIGETE Directiva Nº25-2009-D.UGEL 05 AGP/EEBE-DIGETE-SJL-EA

Artículo 16.- EL docente responsable del aula de innovación, en coordinación con la dirección de la Institución Educativa y el equipo docente, elaborará el cuadro de distribución de uso del aula, destinando horas de práctica para los docentes. Este cuadro de distribución horaria debe estar en un lugar visible en el aula y debe ser de conocimiento público en la institución educativa.



USO DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGOGICA

6.3.1 Los responsables del proceso de integración de las TIC, en los diferentes niveles, son:

a) En la Institución Educativa, el director.

b) En el aula de innovación, todos los docentes de la institución educativa apoyados por el docente o docentes seleccionados y asignados como responsable(s) del aula de innovación.

Artículo 17.- Toda actividad en el aula de innovación debe conducir al aprovechamiento pedagógico de las TIC. Por ello, los materiales y equipos sólo pueden ser usados para actividades educativas programadas en el plan anual de trabajo.

Artículo 18.- Las estrategias metodológicas a desarrollar en el aula de innovación deben adaptarse al equipamiento e infraestructura existente (número de computadoras, tamaño del aula, software disponible y similar), en ello radica el aprovechamiento pedagógico de las TIC. ,

Artículo 19.- Cada vez que se utilice el aula de innovación se debe consignar, en un registro manual, la siguiente información:

a) Nombre y apellidos del docente/ b) Fecha/ c) Recursos TIC a utilizar/ d) Número de estudiantes/ e) Grado y sección / f) Área curricular / g) Capacidades y contenidos a desarrollar/ h) Recursos educativos generados.

Artículo 20.- El uso de aula de innovación pedagógica por los profesores de la Institución educativa se realizara siguiendo el procedimiento:

a) El profesor de aula, según su especialidad, coordinara con el profesor responsable del aula de innovación, si existe el programa que desea utilizar para el desarrollo del tema a tratar con sus alumnos.

b) De no existir dicho programa, el profesor puede proporcionarlo, o el encargado de aula de innovación puede buscar y bajarlo de la red, siempre y cuando sean software de acceso gratuito y que cuenten con la licencia respectiva.

c) El profesor de aula, con la ayuda del profesor del aula de innovación, aprende, refuerza, etc.; en manejo del software seleccionado para el desarrollo de su respectiva clase.

d) El profesor responsable del aula de innovación, instala dicho software en todas las CPU disponibles para ser utilizados por lo alumnos.

e) El profesor de aula o por horas (profesores de grado y/o especialidad) son los responsables del dictado de la clase en el aula de innovación pedagógica; el profesor responsable del aula de innovación pedagógica, permanecen en dicha aula durante el tiempo que dure el desarrollo de dicha clase; realizando labores de apoyo y soporte técnico con los equipos.

Artículo 20.- El profesor de aula y/o especialidad; antes de hacer uso del aula de innovación, deberá entregar al responsable del aula de innovación su sesión de clases a desarrollar, además de consignar los datos estipulados en el artículo 18 del presente reglamento; en el cuaderno establecido para tal fin en el aula de innovación pedagógica.

Artículo 21.- El uso de software de gestión en apoyo a la administración en el aula de innovación no debe interferir con las actividades educativas programadas en el plan anual de trabajo del aula de innovación.

Artículo 22.- El nivel o modalidad educativa que programe el curso de computación en el área de educación para el trabajo, pueden contar con otro ambiente para desarrollar las sesiones de práctica correspondiente.

Concordante: Directiva Nº25-2009-D.UGEL 05 AGP/EEBE-DIGETE-SJL-EA

USO Y APLICACIÓN DE INTERNET

Articulo 23.- El uso de internet en las IIEE atendidas por la Dirección General de Tecnologías Educativas es exclusivamente para actividades educativas.



PRODUCCIÓN DE MATERIAL EDUCATIVO CON TIC EN LAS AULAS DE INNOVACIÓN

Artículo 29.- Para la elaboración y evaluación del material educativo con TIC se deben aplicar:



a) Criterio Pedagógico: el material educativo con TIC debe fomentar el aprendizaje autónomo, significativo y colaborativo, apoyar la construcción social del aprendizaje y estar acompañado por orientaciones pedagógicas.

b) Criterio Informático: las características del material educativo con TIC (navegación, funcionalidad, organización de actividades, usabilidad) deben plantearse para desarrollar las capacidades de los usuarios finales: estudiantes o docentes.

c) Criterio comunicativo: en la elaboración del material educativo con TIC se debe tener en cuenta la edad y las características lingüísticas, culturales y sociales de los estudiantes y docentes y el respeto de los derechos de autor.

d) Todos los materiales educativos producidos por estudiantes y docentes deben estar incluidos en el catálogo de recursos educativos de la institución educativa. Asimismo, deben estar almacenados de manera organizada y ser de fácil acceso y recuperación para los usuarios.